/ miércoles 19 de julio de 2023

Conocer resoluciones relevantes para homologar sentencias

En Zacatecas, el pasado 7 de julio se llevó a cabo el “Foro Nacional de Resoluciones y Criterios Relevantes de los Organismos Garantes del acceso a la información pública y la protección de datos personales”, organizado por la Comisión Jurídica del Sistema Nacional de Transparencia, que coordina mi colega Salvador Romero del Instituto Garante de Jalisco.

Nos dimos cita para compartir nuestras resoluciones más relevantes, con el fin de conocer criterios que ayudarán tanto a un órgano interno de control, a una Unidad de Transparencia, así como a quienes trabajan en la resolución de las quejas presentadas por la sociedad, para impulsar en todo el país el principio de progresividad y obtener precedentes ante casos complejos.

En el encuentro, el cuarto en su tipo que impulsamos desde el Sistema Nacional de Transparencia, analizamos las consideraciones que guiaron el sentido de nuestro voto frente a distintos casos trascendentales que fueron resueltos por los diversos organismos que conformamos el Sistema. Las y los Comisionados, al momento de firmar cualquier proyecto de resolución en nuestros cargos, debemos reflexionar si está apegado a derecho.

Como comisionada del INAI presenté el recurso de revisión de acceso (RRA 6676/22), que resolví con el apoyo de mi Ponencia, en el que un particular requirió la manifestación de impacto ambiental del tramo 5 del Tren Maya, el cambio de uso de suelo y el documento mediante el cual fue autorizado una modificación de ruta. La Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) simplemente no respondió a la solicitud, sino hasta la fase de presentación de pruebas y alegatos y, aún entonces, no realizó una búsqueda exhaustiva de las documentales requeridas en todas las unidades administrativas.

La relevancia de este caso tiene que revisarse a la luz de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que determinó la inconstitucionalidad del Acuerdo expedido por el Presidente de la República, el 22 de noviembre de 2021, que clasificaba los grandes proyectos de infraestructura como asuntos de seguridad nacional.

De igual forma, el Acuerdo del 2021, que se consideró en la resolución que ahora nos ocupa, instruyó a las dependencias otorgar la autorización provisional a los dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar las obras, y garantizar su ejecución.

En ese tenor, consideramos que el Acuerdo señalado suprimió diversas formalidades, como la evaluación del impacto ambiental del proyecto Tren Maya, cuya información debe ser pública para que la gente tenga la posibilidad de dar seguimiento puntual a la ejecución.

Sin embargo, debemos recordar que el pasado 18 de mayo, cuando la SCJN dio la razón al INAI en torno a este Acuerdo, el Ejecutivo Federal emitió un decreto similar en su contenido y alcance, mismo que combatimos a través de un recurso de queja.

Elegí exponer el recurso sobre el documento de impacto ambiental del Tren Maya no solo porque es un tema de interés público nacional, sino porque a raíz de la resolución, la SEMARNAT entregó lo solicitado a la ciudadanía, demostrando que el derecho de acceso a la información es útil y hay que defenderlo.

Como quedó demostrado durante el Foro Nacional de Resoluciones y Criterios Relevantes, homologar el sentido de nuestras funciones jurisdiccionales robustece y dignifica nuestro trabajo todavía más.

Avanzar en la consolidación de una cultura de la transparencia y la rendición de cuentas exige funcionarios públicos comprometidos con la defensa de los derechos humanos, e instituciones sólidas que trabajen de manera coordinada, como lo está haciendo el Sistema Nacional de Transparencia.

@JulietDelrio

En Zacatecas, el pasado 7 de julio se llevó a cabo el “Foro Nacional de Resoluciones y Criterios Relevantes de los Organismos Garantes del acceso a la información pública y la protección de datos personales”, organizado por la Comisión Jurídica del Sistema Nacional de Transparencia, que coordina mi colega Salvador Romero del Instituto Garante de Jalisco.

Nos dimos cita para compartir nuestras resoluciones más relevantes, con el fin de conocer criterios que ayudarán tanto a un órgano interno de control, a una Unidad de Transparencia, así como a quienes trabajan en la resolución de las quejas presentadas por la sociedad, para impulsar en todo el país el principio de progresividad y obtener precedentes ante casos complejos.

En el encuentro, el cuarto en su tipo que impulsamos desde el Sistema Nacional de Transparencia, analizamos las consideraciones que guiaron el sentido de nuestro voto frente a distintos casos trascendentales que fueron resueltos por los diversos organismos que conformamos el Sistema. Las y los Comisionados, al momento de firmar cualquier proyecto de resolución en nuestros cargos, debemos reflexionar si está apegado a derecho.

Como comisionada del INAI presenté el recurso de revisión de acceso (RRA 6676/22), que resolví con el apoyo de mi Ponencia, en el que un particular requirió la manifestación de impacto ambiental del tramo 5 del Tren Maya, el cambio de uso de suelo y el documento mediante el cual fue autorizado una modificación de ruta. La Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) simplemente no respondió a la solicitud, sino hasta la fase de presentación de pruebas y alegatos y, aún entonces, no realizó una búsqueda exhaustiva de las documentales requeridas en todas las unidades administrativas.

La relevancia de este caso tiene que revisarse a la luz de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que determinó la inconstitucionalidad del Acuerdo expedido por el Presidente de la República, el 22 de noviembre de 2021, que clasificaba los grandes proyectos de infraestructura como asuntos de seguridad nacional.

De igual forma, el Acuerdo del 2021, que se consideró en la resolución que ahora nos ocupa, instruyó a las dependencias otorgar la autorización provisional a los dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar las obras, y garantizar su ejecución.

En ese tenor, consideramos que el Acuerdo señalado suprimió diversas formalidades, como la evaluación del impacto ambiental del proyecto Tren Maya, cuya información debe ser pública para que la gente tenga la posibilidad de dar seguimiento puntual a la ejecución.

Sin embargo, debemos recordar que el pasado 18 de mayo, cuando la SCJN dio la razón al INAI en torno a este Acuerdo, el Ejecutivo Federal emitió un decreto similar en su contenido y alcance, mismo que combatimos a través de un recurso de queja.

Elegí exponer el recurso sobre el documento de impacto ambiental del Tren Maya no solo porque es un tema de interés público nacional, sino porque a raíz de la resolución, la SEMARNAT entregó lo solicitado a la ciudadanía, demostrando que el derecho de acceso a la información es útil y hay que defenderlo.

Como quedó demostrado durante el Foro Nacional de Resoluciones y Criterios Relevantes, homologar el sentido de nuestras funciones jurisdiccionales robustece y dignifica nuestro trabajo todavía más.

Avanzar en la consolidación de una cultura de la transparencia y la rendición de cuentas exige funcionarios públicos comprometidos con la defensa de los derechos humanos, e instituciones sólidas que trabajen de manera coordinada, como lo está haciendo el Sistema Nacional de Transparencia.

@JulietDelrio