Para mediados de agosto del 2021, los seguros que cubren gastos médicos habían desembolsado 19 millones 232 mil pesos por el pago de indemnizaciones derivadas del Covid-19, en 39 mil 610 casos, de los cuales aproximadamente el 69% fueron hombres, de acuerdo a información de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
De acuerdo con la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), sólo el 9% de los mexicanos cuentan con el respaldo de un seguro de gastos médicos, por lo que una gran mayoría de la población se encuentra vulnerable ante los riesgos que conlleva una emergencia médica.
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Por su parte, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) informó que el monto de la prima emitida en el ramo de Accidentes y Enfermedades, donde se incluye la operación de gastos médicos mayores, fue de 56 mil 560 millones de pesos al mes de junio de este año, con una participación del 16.4% a la prima total del sector asegurador, mostrando un incremento de 3.9% con respecto a igual periodo de 2020.
La AMIS señaló que el costo promedio en atención hospitalaria por el virus SARS-CoV-2, para el caso de las personas que ya contaban con el seguro de gastos médicos al momento del contagio, ha sido de 559 mil pesos para los hombres y de 330 mil para las mujeres.
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La Condusef añadió que “derivado de las condiciones actuales...
este producto financiero resulta primordial porque contribuye al cuidado de la salud y brinda seguridad financiera ante gastos de índole médica
Estos seguros “cubren el costo de los gastos médicos basados en las coberturas que se incluyan en el contrato, también conocido como póliza, de las cuales existen diversos tipos, precios y condiciones de contratación”.
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Indicó la Condusef que “lo recomendable es contratar una póliza de gastos médicos cuando se goza de buena salud y no cuando ya se ha presentado algún padecimiento o accidente, evitando así la posibilidad de que la aseguradora califique esto como una preexistencia y se excluya en la cobertura, con el correspondiente impacto al patrimonio familiar en caso de enfermedad”.
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