Hace algunos días, el Gobierno de México decretó el uso opcional de cubrebocas en espacios abiertos y cerrados, sin embargo, aún queda la duda sobre en qué lugares es dónde debe portarse la mascarilla.
La Secretaría de Salud Federal realizó una actualización de las medidas para prevenir los contagios por Covid-19, por lo que en un documento se informa que el uso de la mascarilla no es obligatorio en espacios cerrados, aunque sí debe de existir una distancia de 1.5 metros entre cada persona.
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En este informe se da a conocer que en los lugares donde no se pueda cumplir con el espacio, se deberá sugerir el uso del cubrebocas, medida que se une a la eliminación de los tapetes sanitizantes y filtros sanitarios.
En cuanto a las medidas sanitarias de los espacios de trabajo se refiere, la Secretaría de Salud señaló que ninguna empresa puede exigir una prueba de Covid-19 para ingresar al sitio de trabajo, ya que estas deben contar con una política de protección a las personas para evitar que se condicione el retorno a las actividades por medio de exámenes financiados por el mismo trabajador.
De esta forma, las autoridades sanitarias recomendaron usar el cubrebocas en el transporte público, en lugares de trabajo que tengan mala ventilación o donde el espacio entre persona y persona sea menor a 1.5 metros, en gimnasios, hospitales y centros de salud, así como lugares cerrados y con gran afluencia de gente.
Aunado a lo anterior, se eliminó la obligación de portar la mascarilla en aeropuertos y en vuelos en el país.
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Cabe señalar que, la Secretaría de Salud estableció que aquellas personas que no cuentan con la vacuna contra Covid-19 o que tienen algún padecimiento inmunosupresor, deben de mantener la protección.
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