/ domingo 2 de junio de 2024

¿Trabajaste el 02 de junio? esto es lo que te deben pagar

Este día es considerado por la Ley Federal del Trabajo como día feriado por jornada electoral

Hoy domingo 02 de junio las y los ciudadanos salieron a votar por los candidatos que más los hayan convencido durante las campañas electorales, sin embargo, otros tantos trabajaron y es importante que conozcas si el dos de junio fue considerado como un día de asueto o feriado.

La fracción IX, del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) refiere que son días de descanso obligatorio “el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral”.

➡️ Recibe diariamente las notas más relevantes en tu WhatsApp

En pocas palabras, sí fue un día feriado, pues se estableció para que la gente saliera a emitir su sufragio sin mayor problema hasta las 18:00 horas.

Entonces, ¿Cuá deben pagarte?

El artículo 75 de la LFT menciona que “los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.

Además, si trabajas en domingo, también tienes derecho a una prima dominical del 25 por ciento, “por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo”, refiere el artículo 71 de la misma ley.

➡️ Mantente informado en nuestro canal de Google Noticias

Finalmente, es importante mencionar que, el siguiente día de asueto, es hasta el 16 de septiembre y luego el 20 de noviembre.

___________________________________

Escucha el Podcast ⬇️

Hoy domingo 02 de junio las y los ciudadanos salieron a votar por los candidatos que más los hayan convencido durante las campañas electorales, sin embargo, otros tantos trabajaron y es importante que conozcas si el dos de junio fue considerado como un día de asueto o feriado.

La fracción IX, del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) refiere que son días de descanso obligatorio “el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral”.

➡️ Recibe diariamente las notas más relevantes en tu WhatsApp

En pocas palabras, sí fue un día feriado, pues se estableció para que la gente saliera a emitir su sufragio sin mayor problema hasta las 18:00 horas.

Entonces, ¿Cuá deben pagarte?

El artículo 75 de la LFT menciona que “los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.

Además, si trabajas en domingo, también tienes derecho a una prima dominical del 25 por ciento, “por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo”, refiere el artículo 71 de la misma ley.

➡️ Mantente informado en nuestro canal de Google Noticias

Finalmente, es importante mencionar que, el siguiente día de asueto, es hasta el 16 de septiembre y luego el 20 de noviembre.

___________________________________

Escucha el Podcast ⬇️

Local

¿Sabes qué son los huracanes y cómo se forman?

Aquí te decimos cuáles han sido los últimos que han dejado huella en nuestro país

Local

¡No se llama “Calle del Codo”! ¿Cómo se llama entonces?

Este lugar es la cuna de dos grandes figuras de Aguascalientes

Cultura

Casa Terán invita a su Taller de Microdosis

Esta tarde, la sesión abordará los usos y virtudes del tomillo, así como su adecuado uso

Doble Vía

Millennials y Generaciones X y Z ¿qué los distingue?

Sus propósitos de vida e intereses personales son algunas de las características que hacen tan diferentes a estas generaciones

Policiaca

Rescatan a empleado prensado en máquina industrial en Jesús María

Presenta lesiones en diferentes partes del cuerpo, por lo cual fue llevado a un hospital