Aún eres de los que piensa que el ser asalariado no tiene ninguna obligación con el SAT, ¡pues te equivocas!, te decimos que es lo que te corresponde y cuáles son los gastos que puedes deducir, no solo deberías de estar pendiente de cuando inicia la Feria de San Marcos, sino también tener presente cuando debes presentar tu declaración anual.
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Para que no lo olvides, aquí puedes consultar todas las obligaciones que tienes como asalariado y conocer todos los gastos que puedes deducir.
Presenta tu declaración anual. Como cada año en el mes de abril se debe presentar la declaración anual en caso de que cumplas con alguno de los siguientes casos:
- Tener ingresos superiores a los 400 mil pesos
- Si trabajaste con dos o mas patrones, sin importar que tus ingresos anuales no sean mayores a los 400 mil pesos
- Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu declaración anual
- Si dejaste de prestar tu servicio antes del 31 de diciembre del año anterior
- Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales
- En caso de tener otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros), además de salarios
- En caso de percibir ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral
¿Quiénes están exentos de presentar la declaración anual ante el SAT?
El SAT establece que las personas que pueden omitir esta obligación son aquellas que:
- Obtienen ingresos de un solo patrón sin importar si los ingresos son mayores de los 400 mil pesos siempre y cuando se haya emitido un CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos y no te resulte impuesto a cargo de la declaración anual
- Si tuviste ingresos por salarios y también por intereses nominales que no hayan excedido de 20 mil pesos de instituciones que componen el sistema financiero
No olvides realizar tu declaración anual del 01 al 30 de Abril y cumplir con todas las obligaciones que los contribuyentes tienen.
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