En el próximo mes de abril se estará realizando la declaración anual de ingresos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y para las personas que salgan con saldo en contra, existe la posibilidad de pagar estos impuestos hasta en seis parcialidades.
En México, no todas las personas deben presentar su declaración anual, solo aquellas que hayan tenido dos o más empleadores en el último año, sus ingresos hayan excedido los 400 mil pesos anuales, hayan recibido un sueldo de empresas del extranjero y que no tengan obligación de retención en México.
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En tanto, también presentan declaración aquellos que hayan recibido indemnización o jubilación, que trabajen bajo el régimen de honorarios, aquellos que cobren renta o hayan vendido un inmueble, quienes realicen actividades empresariales y no tributen en el Régimen de Incorporación fiscal, y los que obtuvieron ingresos por concepto de intereses reales que superaron los 100 mil pesos.
En algunos casos, se cree que al recibir un pago por vía nomina no es necesario declarar, sin embargo, no es así. Si se es asalariado, hay algunas opciones en las que si se tiene que declarar ante el SAT como si terminaste tu relación laboral antes del último día del año, tuviste ingresos de dos empleadores al mismo tiempo, recibiste otros ingresos además de tu salario, tu sueldo fue enviado por un empleador que no realiza retenciones y si recibiste una indemnización laboral.
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Es de destacar que, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es una institución gubernamental que nació en 1997 en México y es la encargada de que las personas físicas (ciudadanos) y las personas morales (empresas) contribuyan de manera equilibrada al gasto público de sus impuestos.
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