En la práctica nació como letra muerta la normativa para regular el home office, pues las disposiciones son difíciles de cumplir; no obstante, entre algunos empleados y patrones ha habido disponibilidad para llegar a acuerdos e implementar este esquema laboral, con beneficios para ambos.
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Raúl González Alonso, presidente del Consejo Coordinador Empresarial, recordó que desde enero de este año entraron en vigor disposiciones que obligan al sector patronal a pagar parte del consumo de energía eléctrica e internet de sus empleados, cuando estos están trabajando en la modalidad de home office, pero es sumamente complejo hacer los cálculos del porcentaje que les correspondería.
Precisó que el patrón no va a pagar íntegros los recibos de electricidad e internet que lleguen a los hogares de sus trabajadores, pues dentro de los mismos se incluye el consumo de refrigeradores y televisores que no son propios de la actividad que realiza en la empresa; así como bytes que ocupan para actividades educativas, de entretenimiento y navegar en redes sociales.
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Raúl González reconoció que los legisladores impulsaron una normativa pensada para proteger a los trabajadores, pero dista mucho de ser una disposición que puede aplicarse con facilidad en el ámbito laboral.
A pesar de ello, consideró que ha habido comprensión por parte de los trabajadores, y se está llegando a acuerdos, en los cuales empleados y patrones procuran establecer el trabajo a distancia por motivos sanitarios, en aquellas actividades laborales en las cuales puede implementarse el esquema.
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Finalmente, el presidente del Consejo Coordinador Empresarial señaló que en la práctica, el trabajador está teniendo ahorros, aunque no se le brinde un bono para pagar la electricidad y el internet, pues no realiza los traslados entre la vivienda y el centro de trabajo; y puede comer en su hogar, lo que suele ser más barato.
BENEFICIOS
Trabajo a distancia reduce gastos en comidas y transportación.
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