Plazas públicas, bardas de domicilios y hasta puentes peatonales, son algunos de los lugares que son frecuentados por artistas incomprendidos (adolescentes y jóvenes) pertenecientes a un barrio para grafitearlas y marcar su territorio, para que nadie se atreva a pasar a su esquina.
Sin embargo, dichas pintas les podrían traer consecuencias graves, pues es considerado como un delito al estar tipificado en el artículo 156 del Código Penal para el estado de Aguascalientes.
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La Ley indica que la falta se llama atentados a la estética urbana, y “consiste en la afectación, no sólo material, sino visual, de bienes inmuebles o muebles, públicos o privados, provocada por pintas, escrituras, dibujos, signos, tallones y/o gráficos de cualquier tipo, que modifiquen o alteren ostensiblemente su estructura o presentación originales.”
Para la o las personas responsables de este delito, se les aplicarán de tres meses a dos años de prisión, así como de 15 a 30 días multa. También tendrán que pagar los daños y perjuicios ocasionados a los afectados.
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Es importante señalar que no todos utilizan las paredes como marcaje, ya que hay verdaderos artistas que han plasmado sus obras para darlas a conocer a los aguascalentenses, así como a los visitantes.
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