La prisión está readaptando a los delincuentes a las nuevas condiciones de la criminalidad organizada, afirmó el representante local de la Academia de Abogados de Occidente, Armando Franco Torres, al dar a conocer las conclusiones del Foro "Hacia la armonización del marco normativo en materia de ejecución de sanciones penales".
Sostuvo que la prisión fue pensada es un determinado contexto de delincuencia, con finalidades precisas y donde la privación de libertad tenía un sentido aflictivo.
“Hoy la privación de libertad puede no ser un obstáculo para el delito, incluso vemos cómo desde la prisión se puede seguir delinquiendo. La prisión no inhibe el delito, funciona quizá como un espacio en donde se crea una especie de ‘bolsa de trabajo’ para el delito. Se crean desde ahí nuevos delitos para que las personas se ocupen afuera, una vez que recuperan su libertad”, insistió.
Al mencionar la necesidad de un cambio de paradigma sobre el delito y la dinámica en la que hoy ocurre, consideró rebasada la corriente de la prevención especial positiva, cuando estaba en auge la criminología clínica, bajo el ideal de readaptación y la posibilidad de medir la peligrosidad para desde ahí planear la readaptación de las personas.
Esa visión dio origen al quehacer penitenciario enriquecido desde la criminología, la psicología y otras disciplinas para la atención individualizada en la persona del preso, donde justamente se decía que radicaba el problema del delito, señaló.
"Hoy esa visión se queda corta frente a variables como la delincuencia organizada y la manera de enfrentarla y del tipo de castigos para tratar de combatirla", lamentó el académico.
Y es que, explicó, desde los años 90 y hasta la fecha se tiene registro de autogobierno en las prisiones, fenómeno sumamente complejo. Esa realidad penitenciaria modificó también las condiciones de ejecución de la pena y complicó el beneficio de la libertad anticipada, exacerbando las condiciones de violencia y hasta para los motines.
De acuerdo con su punto de vista, la reforma al sistema de sanciones penales debe considerar la alimentación, el trabajo, la capacitación y la educación, así como la integridad personal, como parte de la readaptación social, son derechos que deben seguir ejerciendo porque no le fueron conculcadas con la sanción de privación de la libertad.
"En esa medida, la obligación del Estado frente a la persona no es rehabilitarla, sino de crear las condiciones para que goce de aquellos derechos humanos que es su obligación procurarle, porque en reclusión las personas están bajo el cuidado de la administración penitenciaria", explicó.
Dijo que en las condiciones actuales, las cárceles reproducen y exacerban, paradójicamente, las mismas condiciones de ilegalidad que busca combatir afuera.
EL DATO:
La realidad penitenciaria debe modificarse sustancialmente para lograr rehabilitar a quienes cometen algún delito.