/ lunes 4 de marzo de 2024

Estos son los hechos por los que podrían arrestarte hasta 36 horas

Con multas de más de dos mil pesos por faltas administrativas

Durante los operativos que realiza Seguridad Pública Municipal han logrado la captura de una gran cantidad de personas por faltas administrativas, pero ¿sabes qué es y cómo se sanciona?

Es la acción u omisión, individual o de grupo, realizada en la vía pública o cuyos efectos se manifiesten en ella, o bien se altere o ponga en peligro el orden público o a integridad de las personas

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Las sanciones abarcan desde los tres días del valor de la UMA, de cuatro a seis horas de arresto (entre 400 y 600 pesos); hasta veinte días UMA y superiores (más de dos mil pesos), 36 horas de arresto.

Las faltas contra la seguridad pública se sancionan con un arresto de 36 horas o multa de cinco a treinta días UMA y algunas de ellas son las siguientes:

  • Causar, en los espectáculos y lugares públicos, falsas alarmas… que puedan infundir pánico en los presentes.
  • Almacenar, detonar cohetes, utilizar material peligroso… hacer fogatas, que pongan en peligro a la población y que no cuenten con los permisos correspondientes.
  • Solicitar los servicios del personal Integrante Operativo (servicios de emergencia)… invocando hechos falsos.
  • Ingerir bebidas embriagantes en la vía pública.

Las faltas contra el bienestar colectivo se sancionan con multa de seis a 22 días UMA:

  • Causar escándalo en la vía pública.
  • Hacer manifestaciones ruidosas en forma tal que produzcan disturbio.
  • Ocupar un cajón de estacionamiento destinado a personas con discapacidad, sin serlo u obstruir las rampas especiales para ellos.
  • Proferir palabras obscenas en la vía pública, insultar o hacer referencia a su sexualidad.

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Los hechos contra la integridad moral de las personas y de la familia serán sancionados con arresto de hasta por 36 horas o multa de cinco a 30 días UMA:

  • Usar drogas, sustancias, plantas o semillas enervantes en la vía pública
  • Invitar, inducir, promocionar o facilitar en la vía pública el comercio carnal, lo cual también es aplicable a quien se ostente como cliente.
  • Ejecutar, exhibir o asumir actitudes obscenas y/o sexuales, de manera pública.

Cabe señalar que la información fue retomada sin carácter lucrativo, del Periódico Oficial del estado de Aguascalientes.

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Escucha el Podcast ⬇️

Durante los operativos que realiza Seguridad Pública Municipal han logrado la captura de una gran cantidad de personas por faltas administrativas, pero ¿sabes qué es y cómo se sanciona?

Es la acción u omisión, individual o de grupo, realizada en la vía pública o cuyos efectos se manifiesten en ella, o bien se altere o ponga en peligro el orden público o a integridad de las personas

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Las sanciones abarcan desde los tres días del valor de la UMA, de cuatro a seis horas de arresto (entre 400 y 600 pesos); hasta veinte días UMA y superiores (más de dos mil pesos), 36 horas de arresto.

Las faltas contra la seguridad pública se sancionan con un arresto de 36 horas o multa de cinco a treinta días UMA y algunas de ellas son las siguientes:

  • Causar, en los espectáculos y lugares públicos, falsas alarmas… que puedan infundir pánico en los presentes.
  • Almacenar, detonar cohetes, utilizar material peligroso… hacer fogatas, que pongan en peligro a la población y que no cuenten con los permisos correspondientes.
  • Solicitar los servicios del personal Integrante Operativo (servicios de emergencia)… invocando hechos falsos.
  • Ingerir bebidas embriagantes en la vía pública.

Las faltas contra el bienestar colectivo se sancionan con multa de seis a 22 días UMA:

  • Causar escándalo en la vía pública.
  • Hacer manifestaciones ruidosas en forma tal que produzcan disturbio.
  • Ocupar un cajón de estacionamiento destinado a personas con discapacidad, sin serlo u obstruir las rampas especiales para ellos.
  • Proferir palabras obscenas en la vía pública, insultar o hacer referencia a su sexualidad.

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Los hechos contra la integridad moral de las personas y de la familia serán sancionados con arresto de hasta por 36 horas o multa de cinco a 30 días UMA:

  • Usar drogas, sustancias, plantas o semillas enervantes en la vía pública
  • Invitar, inducir, promocionar o facilitar en la vía pública el comercio carnal, lo cual también es aplicable a quien se ostente como cliente.
  • Ejecutar, exhibir o asumir actitudes obscenas y/o sexuales, de manera pública.

Cabe señalar que la información fue retomada sin carácter lucrativo, del Periódico Oficial del estado de Aguascalientes.

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