El comandante Arturo Martínez Morales, Director de Movilidad de la capital de Aguascalientes, compartió las modificaciones a la Ley de Movilidad del Estado, haciéndole saber a la sociedad que anteriormente, el estado de ebriedad era de 0.40 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, ahora es de 0.25, es decir, bajó.
De la misma manera informó que anteriormente, los 0.08 miligramos, aún se tomaban como sobriedad en la persona, pero ahora, 0.01 será considerado como “aliento alcohólico”; por lo tanto 0.25 será ya, “estado de ebriedad” que implica que el vehículo se vaya al corralón y el conductor a justicia cívica.
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En los conductores de motocicletas 0.1 o 0.02 en sangre, significa que el motociclista con estas cifras ya es considerado algún grado de alcohol, conductor del servicio público no debe traer ningún grado de alcohol.
“Yo estoy creyendo que vamos a bajar considerablemente en medida de que primero se publique, se difunda y se haga del conocimiento de la ciudadanía, estaríamos en condiciones de arrancar el jueves en los filtros de los puntos que tenemos ya indicados, se trabajará con esta modificación, consideramos que se va a bajar lentamente, pero estamos conscientes y queremos tener el mínimo de incidentes con alguna ingesta de alcohol”, subrayó Martínez Morales.
No se tiene una medida estándar para la lectura, en cuánto a la ingesta de alcohol, de equivalencia, puesto que depende de cada organismo e incluso del estado emocional del implicado, sin embargo, existe la posibilidad de diálogo, basados en la observación, si la persona dice que sólo tomó dos cervezas, se analizará su verdad, en base al estado visible que presente.
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Respecto a la responsabilidad adquirida por conducción con aliento alcohólico, la multa está en los $900 como mínimo, sin derecho a descuento y el estado de ebriedad sobre los 13 mil pesos, “ya lo que aplique el juez, es su competencia”, dijo el Comandante, por lo que se paga la multa o tendrá que pasar sus 36 horas de arresto.
El reglamento de justicia cívica, podría conceder descuento, basados en un ajuste del juez en beneficio; según las incidencias, si es su primera, segunda, tercera vez.
La publicación del 23 de enero de 2023 que entró en vigor al día siguiente de su aparición, bajo el decreto 360 de la ley de movilidad del estado de Aguascalientes, sufre modificaciones en el artículo 292 referente al alcoholímetro.
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