Los bares cerrarán solo dos semanas en Aguascalientes

Decreto en la materia establece que podrán reabrir el próximo 10 de septiembre, dependiendo del siguiente semáforo epidemiológico

Mario Luis Ramos

  · viernes 28 de agosto de 2020

Cortesía | Javier Patiño | El Sol del Bajío

El cierre decretado en antros, bares y cantinas tendrá vigencia a partir de este viernes 28 de agosto y hasta el próximo 10 de septiembre, fecha en que se espera la publicación del siguiente semáforo epidemiológico nacional.

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Según el decreto emitido por el gobernador Martín Orozco Sandoval y el secretario de Salud del estado, Miguel Ángel Piza Jiménez, mismo que fue publicado este viernes en el Periódico Oficial del estado, se determina que son sitios con alta incidencia de contagios de Covid-19 los establecimientos cerrados, donde no se puede garantizar la distancia mínima de 1.5 metros entre cada persona. El documento excluye a los sitios de consumo de alimentos que cumplen estrictamente con las medidas sanitarias.

La medida, anunciada el pasado jueves, a través de un video, por el gobernador Martín Orozco Sandoval, clarifica que los establecimientos de alta incidencia de contagios, deberán permanecer cerrados hasta el próximo 10 de septiembre, cuando se tiene la esperanza que cambie el semáforo epidemiológico nacional, donde actualmente Aguascalientes se encuentra clasificado en color rojo de máximo riesgo sanitario.

El decreto establece también, de manera unilateral, un convenio de colaboración con el municipio de Aguascalientes, del cual se excluye al resto de los ayuntamientos, para hacer cumplir estas medidas.

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Dicho acuerdo, del cual hasta ayer autoridades del municipio capitalino reconocieron no tener mayor información, descentraliza a este nivel las facultades de regulación, control y fomento sanitarios para supervisar, cerrar y, en su caso, clausurar academias de belleza, centros deportivos, agencias funerarias, baños públicos, sauna, boliches, billares, casas de huéspedes, centros de espectáculos, circos, clubes deportivos, comercio informal de alimentos en la vía pública, estacionamientos, estudios de cine y televisión, expendios de gasolina, hoteles, moteles, peluquerías, salones de fiesta y sanitarios públicos.

Cortesía | Javier Patiño | El Sol del Bajío

Se obliga al Municipio a organizar, operar, supervisar y evaluar el ejercicio de las funciones de regulación, control y fomentos sanitarios de estos sitios, así como proporcionar información y apoyo que necesite el ISSEA a efecto que su personal realice las funciones de supervisión de las normas, criterios y lineamientos establecidos.

LINEAMIENTOS

A pesar de haberse negado en un principio a obedecerlo, por fin gobierno estatal comenzará a regir las acciones sanitarias locales mediante el semáforo epidemiológico.


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