No existe un vacío legal respecto a la renta de bicicletas, pues este sistema forma parte de los servicios de transporte público que se rigen por la Ley de Movilidad, por lo cual, para operar deberán solicitar una concesión o permiso, que es una facultad exclusiva de la autoridad estatal, informó Gustavo Gutiérrez de la Torre, encargado de la Coordinación General de Movilidad.
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Reconoció que al ser una modalidad nueva de transporte público, los lineamientos no están perfectamente definidos y en algunos casos podría resultar compleja su definición, pero la dependencia a su cargo tendrá que regular la prestación del servicio, como las características de la bicicleta y las tarifas.
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