Patrones deben dar vacaciones conforme a la ley: Conciliación

Señalan que las modificaciones a la ley aplican para todos los contratos individuales o colectivos de trabajo, vigentes a la fecha de su entrada en vigor

Silvia Ortiz | El Sol del Centro

  · lunes 13 de febrero de 2023

Desde el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral recuerdan a los patrones que se deberá acatar la ley vigente | Karla Barba | El Sol del Centro

Luego de entrar en vigor la modificación de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones, el pasado 1 de enero de 2023, Carlos Leveroni Valencia, encargado del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral recordó a los patrones que se deberá acatar la ley vigente y no aplicarse conforme al derecho que se venía manejando en el 2022.

En ese sentido, explicó que existe confusión porque los patrones quieren pagar solo seis días a trabajadores que cumplen un año, “es importante que se aplique conforme al derecho adquirido, si un trabajador cumple un año, en vigencia de la nueva norma tiene derecho a doce días y no porque tenga once meses se le quiera pagará con la norma del año pasado”.

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Ante esta confusión hizo la invitación a aquellos trabajadores que se están viendo afectados a que acudan al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral en donde se les puede ayudar haciendo una solicitud de conciliación al patrón, para evitar que lleguen a un tribunal y se llegue a un arreglo satisfactorio.

Asimismo, recordó que la ley es muy clara, “los trabajadores disfrutarán de 12 días de vacaciones continuas por lo menos, dicho periodo a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera, entonces, el trabajador podrá decidir si toma seis días para descansar o irse de paseo y los otros seis los deja para atender algún compromiso que se le pueda presentar, él puede pedir el día a cuenta de vacaciones porqué la ley lo permite, y si quiere tomar los días de manera continua lo puede hacer”, sostuvo.

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Añadió que esta modificación viene a ser un beneficio muy importante y destacó que “ya viene estipulado en un contrato colectivo de trabajo y deberá respetarse, aunque luego pueden alegar que el contrato se legitimó antes de que entrara en vigor esta modificación, sin embargo, deberá acatarse porque aplica de forma general conforme a derecho” reiteró.


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