Hay que recordar que una vez que se modificó Norma Oficial Mexicana NOM-051 y que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2020, se obligó a diferentes empresas a retirar todo tipo de publicidad animada que pudiera considerarse atractiva e incitara sobre todo a los niños a consumir productos que fueran poco saludables.
Asimismo, se hicieron las especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas, preenvasados e Información comercial y sanitaria.
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“La NOM-051 establece que todos los productos que contengan sellos en su empaque no pueden hacer uso de personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas o elementos interactivos (crucigramas, personajes para colorear, etcétera)”.
Luego de cuatro años, las grandes empresas se pusieron a trabajar en la reformulación de los contenidos de sus productos, disminuyendo azucares, grasas, sodio, edulcorantes y cafeína, siendo esta la razón y una vez que los contenidos son debidamente certificados y publicados en sus empaques, pueden contar nuevamente en su etiquetado con conocidas figuras y populares personajes.
La NOM-051 establece que los productos sin sellos ni leyendas pueden presentar dibujos animados en sus empaques.
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