/ jueves 25 de agosto de 2022

Tapa prisión preventiva incapacidad de fiscalías: Abogados

Señalan que se ha abusado de esta figura para simular que trabajan y que debe acotarse para obligarlos a armar buenos expedientes

Acotar la prisión preventiva oficiosa tendría beneficios, pues el abuso de esta figura ha propiciado que las fiscalías y los ministerios públicos no se capaciten, además, desahogaría las cárceles de personas que están privadas de su libertad sin haber sido sentenciadas.

Salvador Farías Higareda, presidente del Colegio de Abogados, afirmó que privar de la libertad a una persona sin una sentencia es prejuzgar sin que ante la justicia se tenga la certeza de que el individuo haya cometido un delito, lo cual representa una violación al principio de presunción de inocencia; “eres inocente hasta que se demuestre lo contrario”.

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Manifestó que la prisión preventiva ha generado vicios porque puso a fiscalías y ministerios públicos en una posición cómoda, pues para dar la percepción de que realizan un trabajo eficiente, han abusado de esta figura para encarcelar a inocentes y ocultar “su ineficiencia para acreditar los delitos”.

Salvador Farías sostuvo que acotar la prisión preventiva oficiosa es un primer paso para que todo el aparato de justicia opere como marque la ley, que jueces y ministerios públicos hagan bien su trabajo y optimicen sus procesos para ser eficientes; añadió que la Suprema Corte debe dejar esta figura exclusivamente para aquellos delitos de alto impacto.

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Recordó que con la reforma al sistema de justicia penal se intentó limitar la prisión preventiva, pero hubo quejas de algunas autoridades y de la sociedad, por lo que denominaron la “puerta giratoria”; añadió que para evitarse deben integrarse expedientes contra los delitos de alto impacto, mientras que las policías municipales deben optimizar la prevención de los crímenes menores.

Para concluir, el presidente del Colegio de Abogados afirmó que la medida que adopte esta semana la Suprema Corte podría conllevar a una depuración de las cárceles, previa autorización de los jueces; en consecuencia, fiscalías y ministerios públicos deben integrar bien las carpetas de investigación para que los jueces resuelvan conforme a derecho.


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Salvador Farías Higareda, presidente del Colegio de Abogados, afirmó que privar de la libertad a una persona sin una sentencia es prejuzgar sin que ante la justicia se tenga la certeza de que el individuo haya cometido un delito, lo cual representa una violación al principio de presunción de inocencia; “eres inocente hasta que se demuestre lo contrario”.

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Manifestó que la prisión preventiva ha generado vicios porque puso a fiscalías y ministerios públicos en una posición cómoda, pues para dar la percepción de que realizan un trabajo eficiente, han abusado de esta figura para encarcelar a inocentes y ocultar “su ineficiencia para acreditar los delitos”.

Salvador Farías sostuvo que acotar la prisión preventiva oficiosa es un primer paso para que todo el aparato de justicia opere como marque la ley, que jueces y ministerios públicos hagan bien su trabajo y optimicen sus procesos para ser eficientes; añadió que la Suprema Corte debe dejar esta figura exclusivamente para aquellos delitos de alto impacto.

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Recordó que con la reforma al sistema de justicia penal se intentó limitar la prisión preventiva, pero hubo quejas de algunas autoridades y de la sociedad, por lo que denominaron la “puerta giratoria”; añadió que para evitarse deben integrarse expedientes contra los delitos de alto impacto, mientras que las policías municipales deben optimizar la prevención de los crímenes menores.

Para concluir, el presidente del Colegio de Abogados afirmó que la medida que adopte esta semana la Suprema Corte podría conllevar a una depuración de las cárceles, previa autorización de los jueces; en consecuencia, fiscalías y ministerios públicos deben integrar bien las carpetas de investigación para que los jueces resuelvan conforme a derecho.


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