/ viernes 17 de noviembre de 2017

TEPJF rechaza abrir aplicación de los independientes

El Tribunal Electoral desechó la idea de que la app se abra a la ciudadanía para que firmen a favor de su candidato

Por El Sol de México

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió desechar la posibilidad de que la aplicación para teléfonos celulares que el INE puso a disposición para recabar firmas de apoyo para los candidatos independientes, se abra a la ciudadanía para que firmen a favor de su candidato.

La Sala Superior del TEPJF determinó que la solicitud presentada por el aspirante independiente a la Presidencia, Pedro Ferriz de Con, fue atendida cuando se determinó ampliar el plazo para la recolección de las firmas.

Cabe recordar que en la semana, el INE reconoció que no es ilegal que más de un usuario utilizara la clave de la aplicación para recolectar firmas de apoyo.

Armando Ríos Piter aspirante independiente, hizo públicas sus claves y contraseñas para facilitar, a quien así lo desee, otorgar su firma para alcanzar la candidatura independiente. Pedro Ferriz de Con y Margarita Zavala procedieron de la misma manera.

Por último, el tribunal rechazó la queja presentada por otro aspirante independiente que denunció que la aplicación de recolección de firmas no funciona de manera adecuada; la sala determinó que el quejoso no presentó pruebas suficientes.

Desechan sanciones a perredistas

Por Alejandro Suárez

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la suspensión de 30 días de los derechos de militancia que el Partido de la Revolución Democrática había dictado en contra de Pablo Gómez, Víctor Hugo Romo, Carlos Sotelo García, Héctor Yescas y Dorisol González, por apoyar públicamente al líder de Morena Andrés Manuel López Obrador.

La sentencia indica el PRD faltó en su obligación de integrar un expediente antes de emitir la sanción, ni se les concedió el derecho de audiencia, por lo que ordena se les restituyan sus derechos.

“Se observa que el Comité Ejecutivo Nacional de ese instituto político, era quien debía integrar y aprobar un expediente por cada uno de los actores en el que señalara los hechos que se les imputaban”.

Por El Sol de México

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió desechar la posibilidad de que la aplicación para teléfonos celulares que el INE puso a disposición para recabar firmas de apoyo para los candidatos independientes, se abra a la ciudadanía para que firmen a favor de su candidato.

La Sala Superior del TEPJF determinó que la solicitud presentada por el aspirante independiente a la Presidencia, Pedro Ferriz de Con, fue atendida cuando se determinó ampliar el plazo para la recolección de las firmas.

Cabe recordar que en la semana, el INE reconoció que no es ilegal que más de un usuario utilizara la clave de la aplicación para recolectar firmas de apoyo.

Armando Ríos Piter aspirante independiente, hizo públicas sus claves y contraseñas para facilitar, a quien así lo desee, otorgar su firma para alcanzar la candidatura independiente. Pedro Ferriz de Con y Margarita Zavala procedieron de la misma manera.

Por último, el tribunal rechazó la queja presentada por otro aspirante independiente que denunció que la aplicación de recolección de firmas no funciona de manera adecuada; la sala determinó que el quejoso no presentó pruebas suficientes.

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la suspensión de 30 días de los derechos de militancia que el Partido de la Revolución Democrática había dictado en contra de Pablo Gómez, Víctor Hugo Romo, Carlos Sotelo García, Héctor Yescas y Dorisol González, por apoyar públicamente al líder de Morena Andrés Manuel López Obrador.

La sentencia indica el PRD faltó en su obligación de integrar un expediente antes de emitir la sanción, ni se les concedió el derecho de audiencia, por lo que ordena se les restituyan sus derechos.

“Se observa que el Comité Ejecutivo Nacional de ese instituto político, era quien debía integrar y aprobar un expediente por cada uno de los actores en el que señalara los hechos que se les imputaban”.

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