/ miércoles 27 de enero de 2021

Quita IEE medio millón al tricolor por laudo laboral

En sesión extraordinaria, consejeros electorales locales determinan también que candidatos con antecedentes de violencia de género no podrán contender

Por unanimidad, integrantes del Consejo general del Instituto Estatal Electoral (IEE), determinaron disminuir en 536 mil pesos las prerrogativas entregadas durante el presente año al Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Lo anterior, en atención a un laudo dictado por autoridades laborales en contra de este organismo político, tras comprobarse que incurrió en despidos injustificados y no liquidó adecuadamente a varios de sus trabajadores, a quienes solamente les notificó, sin más, que dejaban de tener una relación laboral.

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En conferencia de prensa virtual, el presidente del IEE en la entidad, Luis Fernando Landeros Ortiz, explica que, por ley, esta disminución de recursos será aplicada a lo largo de los meses de febrero, marzo y abril, a razón de 178 mil 686 pesos mensuales.

Ya el año pasado, el PRI había sido objeto de una sanción de similares proporciones, al perder las demandas laborales interpuestas en su contra por malas prácticas laborales.

Esta sanción es independiente de las rebajas que ya se realizan al recurso público de ese organismo político, derivadas de sanciones determinadas por la propia autoridad electoral, tras encontrarse violaciones a la legislación en la materia durante anteriores procesos comiciales.

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Por otra parte, también por unanimidad, se aprobó el acuerdo mediante el cual se expiden los lineamientos para la atención, prevención, sanción, prevención y erradicación de la violencia política contra las mujeres en razón de genero, así como el formato Tres de Tres, que deberá ser llenado por todos los aspirantes a un cargo de elección popular.

Mediante estos lineamientos, todos los candidatos, quedan obligados a establecer, bajo protesta de decir verdad y de manera voluntaria, no ser una persona condenada, con resolución firme, por el delito de violencia política contra las mujeres, violencia familiar, doméstica o cualquier otro que haya afectado o puesto en peligro la integridad de otra persona por razones de género.

Tampoco podrán postularse personas que cuenten con sentencia firme por delitos sexuales, contra la intimidad sexual o la libertad corporal y no ser deudor alimentario moroso o tener condena por el delito de incumpliendo las obligaciones de asistencia familiar.

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Si algún aspirante, de cualquier partido, no presenta esta documentación o miente en la misma y ello se comprueba con posterioridad, no podrá competir dentro del proceso electoral o la candidatura le será cancelada.

3

Formatos de no vinculación a delitos por violencia de género deberán firmar los candidatos.


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Lo anterior, en atención a un laudo dictado por autoridades laborales en contra de este organismo político, tras comprobarse que incurrió en despidos injustificados y no liquidó adecuadamente a varios de sus trabajadores, a quienes solamente les notificó, sin más, que dejaban de tener una relación laboral.

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Ya el año pasado, el PRI había sido objeto de una sanción de similares proporciones, al perder las demandas laborales interpuestas en su contra por malas prácticas laborales.

Esta sanción es independiente de las rebajas que ya se realizan al recurso público de ese organismo político, derivadas de sanciones determinadas por la propia autoridad electoral, tras encontrarse violaciones a la legislación en la materia durante anteriores procesos comiciales.

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Por otra parte, también por unanimidad, se aprobó el acuerdo mediante el cual se expiden los lineamientos para la atención, prevención, sanción, prevención y erradicación de la violencia política contra las mujeres en razón de genero, así como el formato Tres de Tres, que deberá ser llenado por todos los aspirantes a un cargo de elección popular.

Mediante estos lineamientos, todos los candidatos, quedan obligados a establecer, bajo protesta de decir verdad y de manera voluntaria, no ser una persona condenada, con resolución firme, por el delito de violencia política contra las mujeres, violencia familiar, doméstica o cualquier otro que haya afectado o puesto en peligro la integridad de otra persona por razones de género.

Tampoco podrán postularse personas que cuenten con sentencia firme por delitos sexuales, contra la intimidad sexual o la libertad corporal y no ser deudor alimentario moroso o tener condena por el delito de incumpliendo las obligaciones de asistencia familiar.

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Formatos de no vinculación a delitos por violencia de género deberán firmar los candidatos.


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