Revisará Congreso eliminar el fuero

Iniciativa turnada por el Poder ejecutivo mantiene la protección a diputados, magistrados y el Fiscal General

Por: Mario Luis Ramos Rocha

  · jueves 3 de octubre de 2019

Altos funcionarios podrán ir a la cárcel / Foto: Christian Serna / Cuartoscuro

Funcionarios públicos de alto nivel, pertenecientes al Poder Ejecutivo y los 11 ayuntamientos podrían dejar de contar con la protección del fuero constitucional y, de cometer un delito, ser juzgados en las mismas condiciones que el resto de la población.

De acuerdo a los términos de la iniciativa de reforma al segundo párrafo del artículo 75 de la Constitución Política del estado de Aguascalientes, turnada este jueves a los diputados por el gobernador del estado, los funcionarios de primer nivel deben demostrar excelencia, actuar de manera responsable y de conformidad con los valores y principios constitucionales.

El documento propone eliminar el fuero constitucional al Gobernador, al Secretario General de Gobierno, a los integrantes de los ayuntamientos y de los órganos institucionales autónomos.

Por el contrario, se mantiene a salvo este privilegio para a los diputados locales, el Fiscal General del estado y los magistrados del Poder Judicial de Aguascalientes.

En el caso de los legisladores, la propuesta de modificación constitucional considera que mantener esta protección les otorgará la autonomía e independencia requerida para cumplir con su labor.

Por lo que hace al Fiscal General, se argumenta como necesaria su protección dado que es la autoridad máxima encargada de la persecución de los delitos y debe salvaguardarse su función de presiones o ataques políticos que atenten contra su cargo con la intención de amedrentarlo.

En el caso de los magistrados del Poder Judicial se justifica al considerárseles como el máximo órgano jurisdiccional de la entidad y se requiere proteger a quienes interpretan el sistema normativo.

Foto: Juan José Sifuentes

Se explica que el hecho de no eliminar el fuero constitucional para estos servidores públicos no conlleva la extinción de la acción ni responsabilidad penal, sin embargo para proceder en su contra se deberá proceder a un juicio de desafuero y ser aprobado por 18 votos de igual número de legisladores.

La iniciativa fue admitida durante el apartado de Asuntos en Cartera de la sesión de ayer en el Congreso del estado y fue turnada a trabajo de comisiones para su análisis y aprobación.

1812

Se instituyó la figura del fuero en nuestro país