/ miércoles 16 de octubre de 2024

SCJN invalida normas a leyes de ingreso 2024 en Aguascalientes; ¿Qué hay detrás de su valoración?

Violaban los principios de gratuidad del acceso a la información, así como los de proporcionalidad y equidad tributarias; deberán atender previo al análisis del siguiente año

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó disposiciones de la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes, así como las de diversos municipios de la entidad, para el ejercicio fiscal 2024, en las que se preveían cobros por los siguientes conceptos:

Expedición de copias simples y certificadas, derivadas de solicitudes de acceso a la información. Estado de Aguascalientes, así como municipios de El Llano y Jesús María.

El legislativo local, en sus disposiciones, no justificó de manera objetiva y razonable el costo de los materiales utilizados para su reproducción, por lo cual violó el principio de gratuidad que rige en el derecho de acceso a la información.

Servicios tales como el de búsqueda de información y expedición de copias simples, certificadas y certificaciones de documentos, no relacionados con el derecho de acceso a la información. Las leyes de ingreso a que se refieren son las del estado de Aguascalientes, así como la ciudad capital, Asientos, Calvillo, Jesús María, Pabellón de Arteaga, Rincón de Romos, San Francisco de los Romo, San José de Gracia y Tepezalá, en su ejercicio 2024.

Las disposiciones violaban el principio de proporcionalidad tributaria, ya que las tarifas no guardaban una relación razonable con el costo que implica la prestación del servicio, además de que la búsqueda de documentos no genera un costo adicional para el estado y los municipios.

Hicieron llamado al Congreso del Estado a abstenerse de los mismos actos en un futuro / Cortesía / SCJN

Finalmente, el Pleno exhortó al Congreso de la entidad para que en el futuro se abstenga de emitir normas que presenten los mismos vicios de inconstitucionalidad. Los efectos de la resolución se surtirán a la notificación de sus puntos resolutivos a dicho órgano legislativo. Además, la notificación deberá efectuarse a los municipios involucrados.

Acción de inconstitucionalidad 39/2024, promovida por el Poder Ejecutivo Federal, demandando la invalidez de la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes, así como de Leyes de Ingresos de diversos municipios de dicha entidad, todas para el ejercicio fiscal 2024, publicadas en el Periódico Oficial local del 29 de diciembre de 2023. Ponente: Ministra Yasmín Esquivel Mossa. Secretarios: Mauricio Tapia Maltos y Rodrigo Arturo Cuevas y Medina.

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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó disposiciones de la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes, así como las de diversos municipios de la entidad, para el ejercicio fiscal 2024, en las que se preveían cobros por los siguientes conceptos:

Expedición de copias simples y certificadas, derivadas de solicitudes de acceso a la información. Estado de Aguascalientes, así como municipios de El Llano y Jesús María.

El legislativo local, en sus disposiciones, no justificó de manera objetiva y razonable el costo de los materiales utilizados para su reproducción, por lo cual violó el principio de gratuidad que rige en el derecho de acceso a la información.

Servicios tales como el de búsqueda de información y expedición de copias simples, certificadas y certificaciones de documentos, no relacionados con el derecho de acceso a la información. Las leyes de ingreso a que se refieren son las del estado de Aguascalientes, así como la ciudad capital, Asientos, Calvillo, Jesús María, Pabellón de Arteaga, Rincón de Romos, San Francisco de los Romo, San José de Gracia y Tepezalá, en su ejercicio 2024.

Las disposiciones violaban el principio de proporcionalidad tributaria, ya que las tarifas no guardaban una relación razonable con el costo que implica la prestación del servicio, además de que la búsqueda de documentos no genera un costo adicional para el estado y los municipios.

Hicieron llamado al Congreso del Estado a abstenerse de los mismos actos en un futuro / Cortesía / SCJN

Finalmente, el Pleno exhortó al Congreso de la entidad para que en el futuro se abstenga de emitir normas que presenten los mismos vicios de inconstitucionalidad. Los efectos de la resolución se surtirán a la notificación de sus puntos resolutivos a dicho órgano legislativo. Además, la notificación deberá efectuarse a los municipios involucrados.

Acción de inconstitucionalidad 39/2024, promovida por el Poder Ejecutivo Federal, demandando la invalidez de la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes, así como de Leyes de Ingresos de diversos municipios de dicha entidad, todas para el ejercicio fiscal 2024, publicadas en el Periódico Oficial local del 29 de diciembre de 2023. Ponente: Ministra Yasmín Esquivel Mossa. Secretarios: Mauricio Tapia Maltos y Rodrigo Arturo Cuevas y Medina.

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