/ viernes 2 de agosto de 2024

Aguascalientes ocupa el lugar 11 a nivel nacional en corrupción de menores

Aguascalientes se encuentra dentro de los 15 estados con mayor incidencia de este delito

El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Sesnsp) revela en su informe publicado a finales del mes de junio que, durante los primeros seis meses del presente año, hubo un total de 24 casos de corrupción de menores en el estado de Aguascalientes, obteniendo el lugar número 11 a nivel nacional por este delito.

El informe detalla que Guanajuato cuenta con 251 casos; Ciudad de México, 103; Baja California, 88; Nuevo León, 86; Quintana Roo, 58; estado de México, 51; Jalisco, 44; Chihuahua, 33; Baja California sur, 31; Hidalgo, 29; Aguascalientes y Sonora, 24; Puebla, 17; Morelos, 16; y Sinaloa, 15.

Asimismo, Aguascalientes ocupa el puesto número seis de presuntas víctimas mujeres de corrupción de menores por cada 100 mil habitantes: Guanajuato, 7.53; Baja California sur, 7.14; Quintana Roo, 5.67; Baja California, 4.39; Colima, 3.38; y Aguascalientes, 3.08.

Según el artículo 116, del Código Penal del estado de Aguascalientes, la corrupción de menores e incapaces consiste en:

Inducir la práctica de la mendicidad, ebriedad, toxicomanía o prostitución; así como llevar a cabo actos de exhibicionismo corporal o de carácter sexual; la venta de sustancias tóxicas: solventes, alcoholes, medicamentos y demás sustancias.

Emplearlos directa o indirectamente para que presten servicios en cantinas, tabernas, bares, establecimientos donde otras personas practiquen la prostitución o en cualquier lugar nocivo donde se afecte de forma negativa su sano desarrollo físico, mental o emocional; obligarlos a formar parte de una asociación delictuosa.

Al responsable o responsables de este tipo de delito, se le aplicarán de seis a 14 años de prisión

Por otro lado, en Aguascalientes también se ha llevado a cabo el delito de trata de personas, pero el Sesnsp solo tiene contabilizado un caso. Sin embargo, es en el estado de Quintana Roo, donde han ocurrido casi 100; mientras que en el estado de México y en la Ciudad de México, hay 47 y 38, respectivamente.

El artículo 10 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los delitos en materia de trata de personas y para la protección de asistencia a las víctimas de estos delitos, refiere lo siguiente:

Toda acción u omisión dolosa de una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación se le impondrá de cinco a 15 años de prisión y de un mil a veinte mil días multa.

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El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Sesnsp) revela en su informe publicado a finales del mes de junio que, durante los primeros seis meses del presente año, hubo un total de 24 casos de corrupción de menores en el estado de Aguascalientes, obteniendo el lugar número 11 a nivel nacional por este delito.

El informe detalla que Guanajuato cuenta con 251 casos; Ciudad de México, 103; Baja California, 88; Nuevo León, 86; Quintana Roo, 58; estado de México, 51; Jalisco, 44; Chihuahua, 33; Baja California sur, 31; Hidalgo, 29; Aguascalientes y Sonora, 24; Puebla, 17; Morelos, 16; y Sinaloa, 15.

Asimismo, Aguascalientes ocupa el puesto número seis de presuntas víctimas mujeres de corrupción de menores por cada 100 mil habitantes: Guanajuato, 7.53; Baja California sur, 7.14; Quintana Roo, 5.67; Baja California, 4.39; Colima, 3.38; y Aguascalientes, 3.08.

Según el artículo 116, del Código Penal del estado de Aguascalientes, la corrupción de menores e incapaces consiste en:

Inducir la práctica de la mendicidad, ebriedad, toxicomanía o prostitución; así como llevar a cabo actos de exhibicionismo corporal o de carácter sexual; la venta de sustancias tóxicas: solventes, alcoholes, medicamentos y demás sustancias.

Emplearlos directa o indirectamente para que presten servicios en cantinas, tabernas, bares, establecimientos donde otras personas practiquen la prostitución o en cualquier lugar nocivo donde se afecte de forma negativa su sano desarrollo físico, mental o emocional; obligarlos a formar parte de una asociación delictuosa.

Al responsable o responsables de este tipo de delito, se le aplicarán de seis a 14 años de prisión

Por otro lado, en Aguascalientes también se ha llevado a cabo el delito de trata de personas, pero el Sesnsp solo tiene contabilizado un caso. Sin embargo, es en el estado de Quintana Roo, donde han ocurrido casi 100; mientras que en el estado de México y en la Ciudad de México, hay 47 y 38, respectivamente.

El artículo 10 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los delitos en materia de trata de personas y para la protección de asistencia a las víctimas de estos delitos, refiere lo siguiente:

Toda acción u omisión dolosa de una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación se le impondrá de cinco a 15 años de prisión y de un mil a veinte mil días multa.

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